Con la entrada en vigor del Reglamento sobre Mercados de Criptoactivos (MiCA), la Unión Europea cuenta ahora con un marco regulador específico para los criptoactivos. Pero no todos los tokens entran en el ámbito de MiCA.
Algunos criptoactivos pueden clasificarse como instrumentos financieros, en cuyo caso están sujetos a MiFID II - el marco de la UE para los productos de inversión tradicionales.
Este artículo explica las principales diferencias entre MiCA y MiFID II, los criterios para clasificar los criptoactivos y lo que significa para los emisores y los proveedores de servicios.
¿Qué es MiCA?
MiCA (Reglamento (UE) 2023/1114) se aplica a los criptoactivos que son que no estén ya reguladas en virtud de la legislación financiera vigente de la UE. Esto incluye:
- Fichas de servicios
- Fichas de pago (no vinculadas a fiat)
- La mayoría de las criptomonedas no referenciadas a activos
MiCA regula tanto emisores de criptoactivos y Proveedores de servicios de criptoactivos (CASP) que ofrecen servicios de negociación, custodia, intercambio y otros.
¿Qué es MiFID II?
La MiFID II (Directiva 2014/65/UE) regula instrumentos financieros como:
- Acciones, bonos y derivados
- Participaciones en organismos de inversión colectiva
- Productos estructurados
Si un criptoactivo presenta las características de un instrumento financiero, entra en el ámbito de aplicación de la MiFID II -no de la MiCA- y debe cumplir normas más estrictas sobre servicios de inversión.
Distinción clave: Clasificación jurídica de una ficha
En cuestión central para cualquier proyecto es: ¿Califica mi criptoactivo como instrumento financiero según MiFID II?
En caso afirmativo → Se aplica la MiFID II, no MiCA.
Si no → el activo puede entrar en MiCA, suponiendo que no sea dinero electrónico o un token de seguridad.
Directrices de la AEVM: Cómo clasificar los criptoactivos
En diciembre de 2024, la AEVM publicó directrices definitivas (en virtud del artículo 2, apartado 5, de la MiCA) para ayudar a los reguladores y a los participantes en el mercado a determinar si un criptoactivo puede considerarse un instrumento financiero.
Entre los factores clave figuran:
- Derechos adjuntos: ¿Concede el token participación en beneficios, derechos de voto o derechos de reembolso?
- Propósito: ¿Se utiliza como inversión, especulación o financiación?
- Estructura: ¿Se parece a una acción, un bono o un derivado?
- Transferibilidad: ¿Se puede negociar o transferir el token de forma que imite a los valores?
Si el token desempeña funciones económicas similares a las de los instrumentos financieros tradicionales, es probable que entre en el ámbito de aplicación de la MiFID II.
Ejemplos de clasificación MiFID frente a MiCA
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Tipo de criptoactivo |
Regulación probable |
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Un token de utilidad utilizado para acceder a los servicios |
MiCA (no financiero) |
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Una ficha que paga dividendos o participaciones en beneficios |
MiFID (instrumento financiero) |
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Una moneda electrónica vinculada 1:1 al dinero fiduciario |
MiCA (disposiciones EMT) |
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Una ficha de seguridad con características similares a los bonos |
MiFID |
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Una stablecoin respaldada por múltiples activos |
MiCA (disposiciones ART) |
Por qué es importante
La clasificación determina:
- Qué licencia (CASP frente a empresa de inversión MiFID)
- Qué normas de divulgación se aplican a los libros blancos o prospectos
- Qué reguladores supervisar la actividad
- Cómo se gestionan los servicios transfronterizos
- El nivel de protección de los inversores y el cumplimiento exigido
Una clasificación errónea puede dar lugar a sanciones reglamentarias, y daños a la reputación.
¿Puede un proyecto entrar en ambas categorías?
No... La MiCA no se aplica a los criptoactivos que son instrumentos financieros en el marco de la MiFID II. Los dos marcos son mutuamente excluyentes.
Sin embargo, una sola empresa podría operar ambos tipos de servicios, siempre que disponga de las licencias adecuadas (por ejemplo, licencia de empresa de inversión MiFID y licencia CASP).
Conclusión
Comprender si un criptoactivo entra en el ámbito de aplicación de la MiCA o de la MiFID II es un paso crucial para el cumplimiento de la normativa en la UE.
La MiCA aporta claridad a gran parte del mercado de las criptomonedas, pero las empresas que emiten o negocian con tokens con características similares a las inversiones aún deben considerar si entran dentro de la regulación financiera tradicional. En caso de duda, es esencial una evaluación jurídica detallada.